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RESOLUCIÓN 226 DE 2014 (Octubre 08) Derogada por el art. 3, Resolución SDH 000191 de 2017. Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos 92 y 102 del Decreto 714 de 1996, artículo 40 del Decreto 195 de 2007 y artículo 46 del Decreto 372 de 2010. CONSIDERANDO: Que le corresponde a la Secretaría Distrital de Hacienda impartir las instrucciones que considere pertinentes para garantizar el adecuado manejo financiero y presupuestal de las entidades y organismos distritales. Que para el cumplimiento de dicho precepto se hace necesario diseñar, actualizar y compilar los métodos y procedimientos presupuestales operativos. Que el artículo 92 del Decreto 714 de 1996, “Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, establece que: “Corresponde a la Secretaría de Hacienda garantizar la correcta programación y ejecución presupuestal. Para tal fin diseñará los métodos y procedimientos de información, seguimiento y evaluación que considere necesarios. Igualmente, podrá efectuar por conducto de la Dirección Distrital de Presupuesto las visitas que considere pertinentes e impartir las instrucciones que encuentre conveniente para el adecuado manejo financiero y presupuestal”. Que el artículo 40 del Decreto 195 de 2007 “Por el cual se reglamenta y se establecen directrices y controles en el proceso presupuestal de las Entidades Descentralizadas y Empresas Sociales del Estado” establece que la Secretaría Distrital de Hacienda es la entidad encargada de establecer las metodologías necesarias para efectuar el estudio, seguimiento y evaluación de la programación y ejecución del presupuesto de las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital. Que el artículo 46 del Decreto 372 de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L”, establece en lo relacionado con el control administrativo y financiero de los Fondos de Desarrollo Local, lo siguiente: “Corresponde a la Secretaría Distrital de Hacienda, diseñar los métodos y procedimientos de información, seguimiento y evaluación que considere necesarios; también podrá impartir las instrucciones de acuerdo a su competencia para el adecuado manejo financiero y presupuestal”. Que en mérito de lo expuesto: RESUELVE: ARTÍCULO 1. Adoptar y consolidar el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital. ARTÍCULO 2. El presente Manual Operativo Presupuestal rige en lo que corresponde a cada capítulo para: 1. Entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital. 2. Empresas Sociales del Estado – ESE. 3. Fondos de Desarrollo Local – FDL. 4. Empresas Industriales y Comerciales del Distrito – EICD. ARTÍCULO 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de octubre del año 2014. RICARDO BONILLA GONZÁLEZ Secretario Distrital de Hacienda Nota: ver Anexo. |