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RESOLUCIÓN
003 DE 2018 (Marzo 05) Por la cual se aclara la Resolución 004 de 2017
de la CDS LA
COMISIÓN DISTRITAL DE SISTEMAS - CDS En ejercicio de las facultades legales y
en especial de las conferidas en el Decreto Distrital 680 de 2001 y de
conformidad con la Resolución 01 de 2017 de la Comisión Distrital de Sistemas
(CDS) y, CONSIDERANDO: Que
mediante Resolución 004 de 2017 la CDS modificó la Resolución 305 de 2008 de la
CDS, “por la cual se expiden políticas públicas para las entidades, organismos
y órganos de control del Distrito Capital, en materia de Tecnologías de la
Información y Comunicaciones respecto a la planeación, seguridad,
democratización, calidad, racionalización del gasto, conectividad,
infraestructura de Datos Espaciales y Software Libre”. Que
la Resolución CDS 004 de 2017 contiene un error involuntario de redacción,
consistente en que la numeración del artículo octavo (8°) quedó repetida en dos
artículos. El error es formal y no compromete el contenido de los referidos
artículos, pues queda claro que mientras un artículo modifica el artículo 26 de
la Resolución CDS 305 de 2008, el otro se ocupa del artículo 28 de la misma
resolución, tal como se observa a continuación. Señala la Resolución CDS 004 de
2017 : “Artículo 8°-: Modificar el artículo 26
de la Resolución CDS 305 de 2008, el cual en lo sucesivo tendrá el siguiente
tenor: “Artículo 26. Objetivo: El uso de las
TIC en las entidades del Distrito debe habilitar el cumplimiento de la Ley de
Transparencia y la normatividad Gobierno en Línea (Ley 1712 de 2014, Decreto
Nacional 1078 de 2015 y aquella que la modifique, complemente o sustituya),
facilitando el acceso de la administración y del ciudadano a la información, de
manera estándar, homogénea y segura, debidamente documentada, orientada a
garantizar la interoperabilidad y la calidad en la prestación de servicios. Parágrafo. Los Jefes de las
entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital deben
garantizar, administrativa y jurídicamente, el tratamiento, conservación y
aseguramiento de los datos y la información, atendiendo a la normatividad
aplicable sobre la materia”. Artículo 8°-: Modificar el artículo
28 de la Resolución CDS 305 de 2008, el cual en lo sucesivo tendrá el siguiente
tenor: “Artículo 28. Instrumentos para la Política:
Las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital cumplirán
con las obligaciones que les son aplicables en virtud de la Ley de
Transparencia (Ley 1712 de 2014), la normatividad de Gobierno en Línea, el
Decreto Nacional 415 de 2016 (que adicionó el Decreto Nacional 1083 de 2015) o
aquellas normas que las modifiquen, complementen o sustituyan. Para el efecto,
observarán la normatividad nacional y los lineamientos dictados por entidades
nacionales competentes en la materia, incluyendo aquellos dictados por el MinTIC y otras entidades que la Ley 1712 de 2014 ha
señalado como competentes sobre el particular”. Que pese a que el error de numeración carece de materialidad,
para efectos de claridad se considera conveniente aclarar la numeración del segundo
de los artículos en mención, señalando que es el artículo “8.1.” de la
Resolución CDS 004 de 2017. Que
este proyecto de resolución fue sometido a consideración de los miembros de la
CDS, el cual fue aprobado por los mismos, según consta en el acta de la Sesión
Plenaria firmada por el Presidente y el Secretario Técnico, el 12 de febrero de
2018, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución CDS 01 de 2017. En
mérito de lo expuesto, la CDS RESUELVE: Artículo 1°-: Modificar la
numeración del artículo de la Resolución CDS 004 de 2017 mediante el cual se
modifica el artículo 28 de la Resolución CDS 305 de 2008, el cual corresponderá
al artículo 8.1. de la resolución en mención, así: Artículo 8.1.°-: Modificar el artículo 28 de la Resolución CDS 305 de 2008,
el cual en lo sucesivo tendrá el siguiente tenor: “Artículo 28. Instrumentos para la Política:
Las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital cumplirán
con las obligaciones que les son aplicables en virtud de la Ley de
Transparencia (Ley 1712 de 2014), la normatividad de Gobierno en Línea, el
Decreto Nacional 415 de 2016 (que adicionó el Decreto Nacional 1083 de 2015) o
aquellas normas que las modifiquen, complementen o sustituyan. Para el efecto,
observarán la normatividad nacional y los lineamientos dictados por entidades
nacionales competentes en la materia, incluyendo aquellos dictados por el MinTIC y otras entidades que la Ley 1712 de 2014 ha
señalado como competentes sobre el particular” Artículo 2°-: El resto de la
numeración de la Resolución CDS 004 de 2017 se mantiene sin modificación. Artículo 3°-: VIGENCIA. La presente resolución
rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le
sean contrarias. PUBLÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en
Bogotá D. C., a los 05 días del mes de marzo del año 2018. CÉSAR
OCAMPO CARO Presidente SERGIO
MARTÍNEZ MEDINA Secretario
Técnico |